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Sillas de la corte

La Honradez Intelectual

Como tendréis ocasión de comprobar (si no lo habéis hecho ya), la mayoría

de mis artículos, surgen de un pensamiento o de una idea, tomada de una

personalidad, que casi nunca pertenece a la esfera jurídica, sino que puede ser un

gobernante, pensador, escritor, artista, etc… El de hoy, nace de una misma idea,

expresada de distinta forma por José Mújica (expresidente de Uruguay), y Joan

Manuel Serrat (uno de nuestros mejores canta autores).



Mújica y Serrat


El primero de ellos, en una entrevista que tuve el acierto de escuchar, vino a

decir que, en la vida pública, lo más importante es “la honradez intelectual”,

considerando que no existe mejor lenguaje que “la verdad de lo que las cosas son”.

El segundo, en su célebre canción “Sinceramente tuyo”, dice que “Nunca es triste la

verdad, lo que no tiene es remedio”.

Pues bien, la verdad, en lo que al tema de este artículo se refiere, es que la

“JUSTICIA”, entendida como administración a la que se le confiere la legitimidad o

autoridad para regular la convivencia de la ciudadanía, con las consecuencias que,

para los derechos y libertades de todos los individuos (¿individuas?) que la

componen, conlleva, no interesa, o, dicho de otro modo, tal vez interesa que no

funcione.

Legislar, solo debe tener como fin conseguir de manera objetiva, cabal,

eficaz y conforme a la legalidad, las relaciones surgidas del proceso de

socialización innato al ser humano, cuando en dichas relaciones se produzca una

controversia; por tanto, si la legislación, provoca la consecuencia contraria al

orden, esto es el caos, es un fracaso de quien legisla, o un éxito, si lo que se

persiga es precisamente lo contrario, pero en este caso, estaríamos hablando de un

abuso de poder.

Fíjense en la siguiente paradoja: la democracia se fundamenta entre otros

pilares, en el poder judicial, a quien se le ha dotado de la autoridad y legitimidad,

para ordenar la convivencia pública, porque el ejercicio arbitrario del propio

derecho, lleva al caos, conclusión a la que hemos llegado, superando etapas

históricas que así nos lo han enseñado. Pues bien, el fundamento de la democracia

puede verse en peligro hasta el punto de que se llegue a cuestionar, si la renuncia a

una libertad individual (tomarse la justicia por la propia mano) en beneficio de un

bien común (una justicia ordenada y eficaz) no conlleva el resultado que se ofrece a

cambio de aquella renuncia, sino que además provoca el que se pretende evitar. Y

por fin, llego sin más preámbulos al meollo de este artículo: la nueva Ley 12/2023,

de 24 de mayo, por el derecho a la Vivienda.



Derecho a la vivienda


Este artículo no pretende hacer un análisis técnico-jurídico de esta norma,

sino compartir la reflexión, por si los lectores comparten la misma opinión, o, por el contrario,

quien lo lea, tiene otro punto de vista. Este texto legal ha provocado que la tramitación y resolución de todos los procesos que se han visto afectados por ella,

se haya convertido en un auténtico “exorcismo jurídico”, pues la recuperación de la

posesión de la vivienda, ya trasciende del control de la administración de justicia,

desde el momento en que se da protagonismo a organismos cuya existencia y

competencia se desconocen.

El propio título del texto legal, “por el Derecho a la Vivienda”, es un sin

sentido, que nos lleva a cuestionarnos a qué derecho se refiere, ¿al del propietario

de la vivienda o al del ocupante? Lo que está claro es que lo primero que debemos

explicarles a los arrendadores, es que tras esta ley, sus “derechos” ya no son tales,

sino que sus viviendas están fuera de su alcance, porque quien ha promulgado esa

ley lo ha hecho con la clara intención de desatender sus responsabilidades

políticas, y que el cumplimiento del derecho a una vivienda digna, que en nuestro

país reconoce la Constitución a todos los ciudadanos, sea responsabilidad de los

propietarios, que en el ejercicio de los derechos que el Código Civil y la LAU le

reconocen, decidan alquilar sus viviendas, a cambio del pago de una renta.

Así, en lugar de revisar sus políticas sociales, mediante una mejor gestión y

redistribución de los recursos humanos, materiales y presupuestarios, que

permitan la construcción de viviendas sociales y la creación de riqueza mediante

una mejor política de empleo, entre otras medidas, el gobierno, a través del poder

legislativo, enmaraña aún más la convivencia entre los justiciables, agravando aún

más, el precario funcionamiento de la administración de justicia. Y esto es triste,

pero es la verdad, aunque en este caso, siento discrepar del maestro Serrat, SÍ

TENDRÍA REMEDIO.

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